Puedo cambiar la cerradura de mi piso de alquiler
Esta se encuentra dentro de las primeras cuestiones que todos nos hacemos en el momento en que nos mudamos a nuestro piso de alquiler. Es muy normal que si alguien transporta poco tiempo viviendo en tu nuevo hogar prefiera mudar la cerradura de tu piso en Terrassa. No obstante, ¿se puede realizar esto sin preguntar al dueño? Api.cat te ofrece la contestación y las causas legales en el artículo.
Derecho a mudar la cerradura
Mudar la cerradura de un piso alquilado
Como comentábamos, no es exactamente lo mismo mudar la cerradura de un piso ahora alquilado si eres dueño o si eres inquilino. La ley no marcha del mismo modo en este sentido.
La situacion más frecuente de un arrendador entusiasmado en mudar la cerradura es el de impago por la parte del inquilino y la contestación contundente es NO. No puedes mudar la cerradura de un apartamento que andas arrendando sin orden judicial.
¿Debo dar una copia al dueño?
El producto 18.2 de nuestra constitución establece que todo hogar es inviolable. Y el producto 202 del código penal advierte a los dueños que no tienen la posibilidad de ingresar en las casas de los inquilinos sin su autorización. Por ende, no hay ninguna regla que fuerce a darles una imitación de las llaves de la novedosa cerradura.
Evidentemente, esto es dependiente de la relación que poseas con tu arrendador y de tus opciones personales. Varias personas no dejan que el dueño ponga un pie en su casa bajo concepto alguno. Al tiempo que otros se encargan de ello si es para revisar su estado o efectuar alguna reforma.
¿Puedo mudar la cerradura de un inquilino que deja de abonar el alquiler?
En el momento en que un inquilino deja de abonar su alquiler no nos encontramos frente a una situación delictiva (salvo estafas o quiebras sancionadas). Se tienen que arrancar acciones legales por el impago del alquiler (producto 27 Ley de Alquileres Urbanos). No vamos a poder mudar la cerradura del inquilino en un instante en el que no esté, para desalojarlo del hospedaje. Si lo hacemos, incurrimos en el delito de coacción sosprechado en el 172 CP.
Si bien no pague, el inquilino todavia tiene derecho a tener la propiedad según el contrato de alquiler firmado. Si el inquilino no deja el hosting, proseguirá beneficiándose de este derecho hasta el momento en que se realice su desalojo (producto 675 del Código de Trámite Civil), previo el juicio pertinente.
¿Puede un inquilino mudar la cerradura?
Un inquilino puede mudar la cerradura, y además de esto no está obligado a reportar al dueño. Esto quiere decir que la cerradura de un apartamento alquilado se puede mudar sin comunicar al dueño del apartamento. La única obligación que hay es que una vez finalizado el contrato de alquiler se van a deber devolver al dueño del hospedaje alquilado todos y cada uno de los juegos de llaves del inmueble tal como la cerradura previo con sus llaves.
Al mudar la cerradura no es requisito dar copia de las llaves al arrendador mientras que el inquilino se halle en la vivienda alquilada. Otro aspecto es que si confías en el dueño y deseas entregarle una copia por tu intención (por poner un ejemplo en el caso de pérdida de tus llaves), en un caso así no va a haber inconveniente, pero es una resolución personal. y en ningún caso existe obligación de llevarlo a cabo.
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